
Llevar un caso de trascendencia mediática te lleva plantear si de verdad se respeta la presunción de inocencia. Desde diversos medios de comunicación se informa sobre casos mediáticos a nuestro juicio sin el suficiente rigor debido. Y es que en los medios de comunicación prima el factor «actualidad» lo que en ocasiones lleva a no respetar el derecho fundamental a la presunción de inocencia consagrado en el art. 24 CE.
Muchas veces se dan informaciones inexactas y en ocasiones calumniosas todo ello por informar y por formar un juicio de valor en la opinión pública. La audiencia juzga en base a la información que recibe. Esto, por desgracia, es inevitable. A los pocos días de que sale la información del suceso mediático se ha puesto una sentencia, sin importar la trascendencia de una instrucción judicial, de una investigación policial que se acaba de iniciar. Por eso es tan necesario tener prudencia. Prudencia porque no se ha juzgado aún, porque los medios no publican siempre certezas, y que en la mayoría de los casos, dan una visión sesgada del asunto. Y el problema es que aunque se equivocan, nada les hace rectificar, y si lo hacen, el daño ya está hecho en el honor de alguien que sea parte en el procedimiento.
Por eso, pedimos siempre prudencia, que va de la mano de la presunción de inocencia. Porque juzgar en caliente, en base a la información de actualidad, suele ser un error.
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